En el post de hoy te compartimos la Ley 7/2024 que modifica algunos artículos de…

Instrucción relativa a la tramitación de Licencias Temporales para actividades
Estimado cliente:
En el día de hoy ha sido publicada en el BOAM la Instrucción relativa a la tramitación de las Licencias Temporales para actividades (art. 58.7 OLDRUAM). Recordarle que este tipo de autorizaciones tienen que solicitarse directamente en el Ayuntamiento de Madrid.
Como siempre, estamos a su disposición para cualquier duda que puedan tener al respecto y realizarle, sin ningún compromiso, los presupuestos que requiera para las actuaciones que tenga que llevar a cabo dentro del municipio de Madrid, estando disponibles en el teléfono 91.139.19.19 o en la dirección de correo: contacto@aeclu.com. Además, puede acceder a todas las novedades normativas en el siguiente enlace dirigido a nuestra web: https://www.aeclu.com/blog/.
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