Licencia Municipal Necesaria
Tipos
- Comercio no alimentario: Se engloban dentro de la actividad de comercio minorista no alimentario todas aquellas actividades relacionadas con el suministro directo de mercancías al público, mediante ventas al por menor, de carácter no alimentario.
- Comercio alimentario: Dentro de la actividad de comercio minorista alimentario se ejercen regularmente actividades comerciales de venta de alimentos al por menor.
Condiciones Higiénico-Sanitarios.
Existen dependencias y requisitos obligatorios para el comercio alimentario:
- Zona diferenciada de uso público o sala de ventas
- Almacén de alimentos aislado, y exclusivo, teniendo en consideración las cámaras frigoríficas y congeladoras y armarios o estanterías.
- Servicio higiénico para uso exclusivo del personal, pudiendo ser utilizado también por los manipuladores de alimentos, diferenciado del de público cuando proceda.
- Vestuario o taquillas individuales
- Zona de manipulación diferenciada, en los casos de manipulación de alimentos
- Barra de degustación diferenciada, exclusivamente en actividades de pastelería, repostería y confitería, churrería y heladería acompañados sólo por cafés, chocolate, infusiones y bebidas refrescantes.
- Cocina u obrados aislado y de uso exclusivo, en los casos que exista elaboración de alimentos. Deberá de disponer de un lavamanos de accionamiento no manual.
- Cuarto de basuras aislado comunitario o propio
Procedimiento
- En todos los casos de implantación y modificación con o sin obras; incluso obras de artículo 2.2 de la LOE 38/99 si son las actividades contenidas en la Ley 2/2012. De 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la CAM, y las incluidas en el Anexo I de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, con la ejecución de obras que no requieran proyecto técnico de obras de edificación se tramitarán por el procedimiento de Declaración Responsable las actividades. Con nuestro certificado de conformidad, puede en ese mismo momento realizar las obras y ejercer la actividad. Con el servicio exclusivo de AECLU del informe voluntario el interesado se asegurará que puede realizar las obras y la actividad de acuerdo a la normativa
- En todos los casos de implantación y modificación con o sin obras incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de Determinados Servicios que se incorporan en el Anexo I con la ejecución de obras que requieran proyecto técnico de obra de edificación de conformidad con lo establecido en el art. 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, se tramitarán por el procedimiento de Licencia no podrá iniciarse la actividad hasta obtener la licencia de funcionamiento.
Normativa
LEY 2-2012, DE 12 DE JUNIO, DE DINAMIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN LA COMUNIDAD DE MADRID
MODIFICACIÓN 2012 PUNTUAL DE PGOUM, RELATIVAS A LAS CONDICIONES PARTICULARES DEL USO DE SERVICIOS TERCIARIOS EN LA CLASE COMERCIAL
MODIFICACIÓN DE LA LEY 12-2012, ANEXO DE MODIFICACIÓN DE ACTIVIDADES QUE SE TRAMITAN MEDIANTE DECLARACIÓN RESPONSABLE SIN OBRAS LOE
DB SI JUN2018
DB SUA JUN2018
ORDENANZA GENERAL DE PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE URBANO
PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MADRID
ORDENANZA PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA
ORDENANZA DE PROTECCIÓN CONTRA LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA Y TÉRMICA
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