En el post de hoy te compartimos la Ley 7/2024 que modifica algunos artículos de…

Qué es el certificado de conformidad relativo a las licencias urbanísticas
Hoy vamos a hablar sobre un tipo de certificado que utilizamos habitualmente en nuestro día a día como Entidad Colaboradora urbanística. Se trata del «certificado de conformidad».
Contenidos
Explicación de Certificado de Conformidad
El certificado de conformidad es el documento expedido por las Entidades Colaboradoras Urbanísticas, por el que se acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable para la realización de las actuaciones urbanísticas solicitadas.
Origen del actual régimen de gestión y control de licencias
En el año 2009, el Ayuntamiento de Madrid, mediante una Ordenanza Municipal estableció el Régimen de Gestión y Control de Licencias Urbanísticas de Actividades a través de entidades privadas colaboradoras.
Se constituyeron entonces distintas entidades privadas (ECU), que de manera imparcial llevan a cabo la verificación y control, de las declaraciones responsables y de las licencias de actividad o funcionamiento, a través de la obtención de un “certificado de conformidad“ previo a la realización de la actuación proyectada.
Expedición del certificado de conformidad por parte de las ECU
Como comentábamos anteriormente el certificado de conformidad es un documento que expiden las ECU, con el cuál acreditan que se está dando cumplimiento a las obligaciones existentes desde el ámbito urbanístico, para poder llevar a cabo las actuaciones solicitadas.
El certificado de conformidad sustituye al informe técnico municipal, imprescindible para la concesión de la licencia urbanística por el Ayuntamiento de Madrid.
Las Entidades Colaboradoras Urbanísticas emiten el certificado de conformidad en un mes, y el Ayuntamiento dispone de 30 días para emitir la resolución de la licencia.
¿Qué debe hacer la empresa, una vez obtenga el certificado de conformidad?
Depende, veamos 2 casos distintos:
- En el caso de que la actividad u obra se tramite por el procedimiento de declaración responsable, una vez presentada la declaración responsable, la empresa puede comenzar la actividad o la obra, pero solo cuenta con la garantía de que la actuación es conforme con la normativa cuando la Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) antes de 10 días le emita dicho certificado de conformidad.
- Si por el contrario, la actuación no se tramita por el procedimiento de declaración responsable, la ECU registra en el Ayuntamiento el certificado de conformidad y la documentación diligenciada. De este modo es como se comienza el proceso de emisión de la Licencia requerida por la empresa.
Si necesitas cualquier aclaración más acerca del certificado de conformidad, puedes poner en contacto con nosotros a través de nuestro formulario de contacto o puedes dejarnos un comentario el este artículo.
Buenos días,
EL certificado de conformidad del que hablan en su artículo, equivaldría al «acta de inspección de conformidad» al que se refiere el art. 153. 6º de la ley del suelo 9/2001, y su vez ese acta de inspección de conformidad sería el Informe de los servicios técnicos (en un procedimiento de concesión de licencia de obra menor)?
Gracias de antemano
Un saludo
Buenos días Ana.
Efectivamente, el Certificado de Conformidad emitido por una ECU, sustituye y equivale al informe técnico municipal de los procedimientos de licencia. Y equivale, tanto al Informe técnico tras el acta de inspección municipal de la obra según el artículo que cita, como al informe técnico de la revisión documental de la solicitud.
Tenemos:
Declaración Responsable.
Certificado Conformidad por ECU.
Acta de Inspección Favorable de la ECU.
La pregunta es si en algún momento el Ayuntamiento emite un escrito oficial donde especifique la licencia con horario y aforo?
Hola Dominio.
El Certificado de Conformidad de la Licencia Urbanística es el documento que emite AECLU y que equivale al Informe Técnico Municipal. La emisión del citado documento acredita que la actuación cumple con la normativa urbanística, comportando su emisión el otorgamiento de la licencia, documento que tendrá que ser emitido por el Ayuntamiento de Madrid en el plazo de un mes desde el registro del citado certificado.
Gracias por leernos y por comentar en el blog.
Hola:
Me gustaría saber si emitido el Certificado de Conformidad de la ECU, ¿puedo iniciar la actividad o me tengo que esperar a que el Ayuntamiento emita su resolución favorable? ¿hay silencia administrativo positivo? Gracias
Hola Juan.
La Licencia Urbanística autoriza el inicio de las obras no de la actividad; para que esta se pueda ejercer deberá contar con la Licencia de Funcionamiento que corresponde a la fase supervisión/inspección en la cual se comprueba que se han ejecutado las obras/actuaciones según lo autorizado en la Licencia Urbanística.
Respecto al Silencio Administrativo, éste se encuentra regulado en el art. 37 de la OLDRUAM (Ordenanza 6/2022, de 26 de abril, de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid).